La Diputación Foral de Gipuzkoa ha aprobado el Decreto Foral-Norma 2/2026, publicado el 20 de abril de 2026 en el BOG núm. 71, con el objetivo de mitigar el impacto económico derivado de la crisis en Oriente Medio.
Como expertos en asesoría fiscal, hemos analizado esta normativa para explicarte cómo puedes beneficiarte de los aplazamientos sin intereses, las exoneraciones de pagos y los nuevos incentivos a la inversión y al empleo.
1. Aplazamiento excepcional sin intereses ni garantías
Una de las medidas más potentes es la posibilidad de aplazar deudas tributarias sin necesidad de aportar garantías y sin intereses de demora.
- ¿Quién puede solicitarlo? Autónomos con actividades económicas, arrendadores con IVA, microempresas y pequeñas empresas que estén al corriente de sus obligaciones tributarias.
- ¿Qué deudas se pueden aplazar? Las autoliquidaciones mensuales y trimestrales cuyo plazo de ingreso en voluntaria finalice entre el 20 de abril de 2026 y los tres meses posteriores.
- ¿Cómo funciona el pago? Se conceden 2 meses de carencia antes del primer pago, seguidos de un fraccionamiento en 4 cuotas mensuales iguales.
Nota importante: quedan excluidas de este aplazamiento las autoliquidaciones de IRPF, Patrimonio, ITSGF, Impuesto sobre Sociedades e IRNR con establecimiento permanente.
2. Exoneración del pago fraccionado de IRPF del primer trimestre
Los contribuyentes del IRPF con actividades económicas no tienen que presentar ni ingresar el pago fraccionado correspondiente al primer trimestre de 2026.
Atención si eres cliente en estimación directa: si presentas voluntariamente la autoliquidación del 1T, no podrás solicitar después ni aplazamiento ni devolución por ingreso indebido. Una vez presentada, no hay marcha atrás.
3. Amortización acelerada para nuevas inversiones en 2026
Las empresas que inviertan en inmovilizado material nuevo durante 2026 pueden aplicar el coeficiente máximo de amortización de la tabla multiplicado por 1,5.
- ¿A qué elementos se aplica? Inmovilizado nuevo adquirido en 2026, elementos construidos por la propia empresa y elementos encargados por contrato de obra suscrito en 2026 si la entrega se produce en los 12 meses siguientes.
- ¿Qué queda excluido? Los edificios y determinados medios de transporte con reglas de amortización especiales.
4. Deducción incrementada por nuevas contrataciones indefinidas
Para las contrataciones indefinidas formalizadas en 2026 se mejoran dos deducciones del Impuesto sobre Sociedades.
- Deducción general por creación de empleo (art. 66 NF 2/2014): se incrementa en un 10%, tanto en su modalidad general como en la dirigida a colectivos con dificultades de inserción.
- Deducción por contratación de mujeres y menores de 36 años (art. 66 octies NF 2/2014): sube 10 puntos porcentuales, hasta alcanzar el 45% del salario bruto anual.
5. Medidas permanentes vinculadas al ahorro energético
El decreto incluye también dos modificaciones de carácter permanente que afectan al IAE y al ITP-AJD.
- IAE: los hornos y calderas eléctricos dejan de computar como potencia instalada, sumándose a los de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos que ya estaban excluidos. Una mejora especialmente relevante para sectores industriales con alta carga eléctrica.
- ITP-AJD: las transmisiones de ahorros energéticos realizadas en el marco del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) quedan exentas de este impuesto, eliminando fricciones fiscales sobre un mecanismo pensado para incentivar la eficiencia energética.
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Información basada en el Decreto Foral Normativo 1/2026 de Gipuzkoa (BOG núm. 71, 20/04/2026).
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