Creación, consolidación y transmisión de de empresas

Creación, consolidación y transmisión de empresasPUESTA EN MARCHA Y CREACIÓN EMPRESAS

– Bizkaia 2022-

 

 ENTIDADES BENEFICIARIAS:

  • Personas físicas, profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles.
  • Alta en IAE entre 01-10-2021 y 30-09-2022.
  • Que tenga su domicilio social y fiscal en  Bizkaia así como el centro de trabajo.
  • Que la actividad en la que este de alta este directamente relacionada con el Plan de Negocio presentado el cual habrá realizado en DEMA o entidades similares.
  • Estar desempleado o afectado por un ERTE o ERE  antes del alta en IAE.
  • Empadronado en Bizkaia, antigüedad mínima 3 meses.

 

  • Excepcionalmente se admiten Planes de Negocio realizados del 1-7-al 30-09-2021.

 

HECHO SUBVENCIONABLE Y PERIODO DE EJECUCION SUBVENCIONABLE:

  • Puesta en marcha y funcionamiento de una empresa durante el periodo de un año contado desde la fecha de alta en el IAE  ( la cual habrá sido entre el 01-10-2021 al 30-9-2022)

 

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN:

  • Mínimo 5.000 €.
  • Máximo 15.000 €. La subvención se  aumentara por 2.000 € por cada persona de la misma empresa que cumpla todos los requisitos hasta un máximo de 5 personas más.

 

  • Incompatible esta ayuda con cualquier otra recibida para la misma finalidad.

 

PLAZO DE SOLICITUD:  Desde 01-06-2022 hasta 30-06-2022

 

CONSOLIDACIÓN EMPRESARIAL

– Bizkaia 2022 –

 

 ENTIDADES BENEFICIARIAS:

 

  • Personas físicas, profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles
  • Que tenga su domicilio social y fiscal en  Bizkaia así como el centro de trabajo.
  • Apoyar la continuidad y fortalecer la consolidación de empresas que recibieron ayuda de autoempleo los años 2020 y 2021.

 

HECHO SUBVENCIONABLE Y PERIODO DE EJECUCIÓN SUBVENCIONABLE:

 

  • Tendrán consideración de gastos subvencionables las siguientes acciones ejecutadas en el periodo 01-10-2021 y 30-09-2022:
  • Realización de un plan de comunicación y marketing relacionado con la actividad de la empresa.
  • Gastos derivados de actuaciones de digitalización que contribuya a la mejora de la competitividad de la empresa.
  • Gastos de formación para la mejora de la actividad empresarial
  • Gastos derivados de contratación de servicios de asistencia técnica especializada que tenga por objeto la mejora de la viabilidad de la empresa , o que contribuyan a una mejora del producto, servicio o proceso, la viabilidad de la internacionalización, la responsabilidad social o el impacto medioambiental..
  • Quedan excluidos servicios de gestoría administrativa y asesoría fiscal, laboral, financiera y contable.

 

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN:

  •   Máximo 2.000 €.

 

  • Compatible esta ayuda con cualquier otra recibida para la misma finalidad.

 

 PLAZO DE SOLICITUD:  Desde 01-06-2022 hasta 01-10-2022

 

TRANSMISIÓN EMPRESARIAL

– Bizkaia 2022-

  

 ENTIDADES BENEFICIARIAS:

  • Empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, así como comunidades de bienes y sociedades civiles que hayan adquirido al menos un 80% de una empresa en funcionamiento la cual se haya reflejado mediante contrato mercantil en escritura pública y manteniendo la misma actividad económica.
  • Empresas adquiridas entre 1-10-2021 y 30-9-2022 y cuyo alta en IAE sea en ese mismo periodo.
  • Que tenga su domicilio social y fiscal en  Bizkaia así como el centro de trabajo.
  • Que lal menos una de las personas  adquirientes  haya realizado formación y asesoramiento con DEMA en el periodo 1-10-2021 al 30-9-2022.
  • Estar desempleado o afectado por un ERTE o ERE  antes del alta en IAE.
  • Empadronado en Bizkaia, antigüedad mínima 3 meses.

 

HECHO SUBVENCIONABLE Y PERIODO DE EJECUCIÓN SUBVENCIONABLE:

  • Transmisión empresarial mediante adquisición de al menos un 80% de una empresa en funcionamiento, o mediante traspaso de negocio durante el periodo comprendido entre el 01/10/-2021 al 30/09/2022. La transmisión empresarial ha tenido que ser tutorizada por DEMA o entidades similares (será posible cuando la persona cedente no haya determinado previamente el valor de la empresa o negocio a traspasar). Se deberá realizar mediante contrato mercantil, en escritura pública, con indicación del valor de fondo de comercio; o en los casos de traspaso de negocio mediante contrato. Se deberá mantener la misma actividad económica durante al menos 1 año.
  • Se excluyen los negocios digitales y las transmisiones entre cónyuges o familiares hasta 3º grado de consanguinidad y/o afinidad. Las personas socias trabajadoras de las entidades beneficiarias no han podido ser socias o titulares de la entidad que se transmite, en el momento de la realización del contrato mercantil o de traspaso.
  • La justificación se presentará en plazo de un mes desde el transcurso de un año desde la fecha de cambio de titularidad en ITP y AJD para los casos de adquisición empresarial y desde la fecha de alta en IAE para los casos de traspaso de negocio. Comprobándose de oficio las obligaciones tributarias y de seguridad social.

 

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN:

  • Mínimo 10.000 €.
  • Máximo 20.000 €. Dado que se puede incrementar con 5000 € por cada persona que cumpla requisitos hasta un máximo de 2 personas.
  • Incompatible esta ayuda con cualquier otra recibida para la misma finalidad.

 

PLAZO DE SOLICITUD:  Desde 6-9-2022 hasta 1-10-2022

 

Para más detalle consulte con su asesor/a quien le informará.

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