La subvención de renovación de equipamiento hostelero ofrece entre 5.000 € y 11.000 € por establecimiento para sustituir maquinaria, electrodomésticos, climatización, toldos o sombrillas por versiones de menor consumo energético. La regula el Real Decreto 638/2026, con una dotación de 15 millones de euros y concesión directa sin concurrencia competitiva.
El sector hostelero español supera los 300.000 establecimientos y aporta cerca del 6,7 % del PIB nacional en valor añadido, según datos de Hostelería de España de 2024. La energía es su segundo coste operativo tras el personal, lo que ha llevado al Gobierno a diseñar esta ayuda como respuesta directa a la escalada de precios energéticos.
Qué cubre el plan de choque de renovación de equipamiento hostelero
El plan de choque financia dos tipos de actuaciones concretas:
- Sustitución de electrodomésticos o maquinaria industrial hostelera por equipos de menor consumo energético.
- Renovación de terminales de climatización, toldos y sombrillas por modelos más eficientes.
Quedan excluidas las sustituciones por equipos que utilicen combustibles fósiles, incluido el gas natural. Cualquier proyecto que contemple mantener o instalar equipamiento a gas queda fuera del ámbito subvencionable, aunque suponga una mejora respecto al equipo anterior.
Quién puede solicitar la subvención de renovación de equipamiento hostelero
Pueden acceder a la ayuda personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica que cumplan estos tres requisitos:
- Estar dadas de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la AEAT (o su equivalente foral).
- Ser titulares de un establecimiento hostelero ubicado en España.
- Desarrollar una actividad clasificada en los códigos CNAE 55 (alojamiento: hoteles, apartamentos turísticos, campings) o CNAE 56 (restauración: restaurantes, catering, servicios de bebidas, puestos de comida).
La subvención se concede por establecimiento, no por empresa. Si un mismo titular gestiona varios locales, puede presentar una solicitud independiente por cada uno de ellos.
Cuánto puedes recibir y qué gastos son subvencionables
La ayuda cubre hasta el 100 % del coste subvencionable, con estos límites por establecimiento (IVA excluido):
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Ayuda mínima | 5.000 € |
| Ayuda máxima | 11.000 € |
| Intensidad | Hasta el 100 % |
| Dotación total del plan | 15.000.000 € |
Los gastos que puedes incluir en la solicitud son:
- Inversión en equipos y materiales (maquinaria hostelera, electrodomésticos de bajo consumo, climatización eficiente, toldos y sombrillas)
- Costes de ejecución de obras o instalaciones necesarias para la renovación
- Gestión de residuos generados por la sustitución del equipamiento
- Honorarios del técnico competente que emite el certificado de eficiencia energética
- Gastos de gestión de la solicitud, hasta el 4 % de los costes de equipamiento (requiere factura independiente)
- Gastos de justificación de la ayuda, hasta el 7 % de los costes de equipamiento (requiere factura independiente)
La ayuda se enmarca en el régimen de minimis (Reglamento UE 2023/2831), por lo que el importe acumulado no puede superar los 300.000 € por empresa en un periodo de tres años, sumando esta y otras ayudas de minimis recibidas.
Plazos de solicitud, ejecución y justificación
- Solicitud: hasta el 30 de septiembre de 2026, o antes si se agota la dotación de 15 millones de euros. Las solicitudes se resuelven por orden de presentación, no por concurrencia competitiva, así que actuar pronto mejora las opciones de obtener la ayuda.
- Gastos elegibles: son imputables las actuaciones realizadas desde el 1 de marzo de 2026, aunque la solicitud se presente después.
- Ejecución: un mes desde la notificación de la resolución de concesión, prorrogable de oficio.
- Justificación: 15 días naturales desde el fin del plazo de ejecución.
Incompatibilidad con otras ayudas
Esta subvención es incompatible con otras ayudas, subvenciones o recursos procedentes de la Unión Europea, la Administración General del Estado, sus entes públicos o privados, las comunidades autónomas o las entidades locales, cuando financien los mismos costes subvencionables. Antes de presentar la solicitud conviene revisar si el establecimiento ya ha recibido otra ayuda para el mismo gasto.
Cómo solicitar la subvención de renovación de equipamiento hostelero
El procedimiento de concesión directa simplifica la tramitación frente a una convocatoria ordinaria, pero exige preparar bien la documentación desde el primer momento:
- Verificar que el establecimiento cumple los requisitos de CNAE y alta censal.
- Identificar los equipos a sustituir y descartar cualquier opción que use combustibles fósiles.
- Reunir presupuestos y facturas de los gastos subvencionables, incluidos los honorarios del técnico competente.
- Presentar la solicitud lo antes posible, dado que el crédito se agota por orden de entrada.
- Ejecutar la renovación dentro del plazo marcado por la resolución de concesión.
- Justificar la ayuda en los 15 días naturales siguientes al fin del plazo de ejecución.
Desde el departamento de asesoría fiscal gestionamos la solicitud completa, desde la comprobación de requisitos hasta la justificación final, para que no pierdas la ayuda por un plazo o un documento mal presentado.
Antes de renovar tu equipamiento, revisa si cumples los requisitos
El plan de choque de renovación de equipamiento hostelero concede hasta 11.000 € por establecimiento con una tramitación ágil, pero el crédito se agota por orden de entrada. Cuanto antes prepares la documentación, más opciones tienes de conseguir la ayuda antes del 30 de septiembre de 2026.
Si tienes un restaurante, bar, hotel o alojamiento turístico y quieres saber si tu equipamiento encaja en esta subvención, en Torrealday revisamos tu caso y nos encargamos de toda la tramitación.



















