Adaptar los contratos de trabajo al RD 723/2026 no exige firmar contratos nuevos con toda la plantilla. Exige algo más práctico: saber qué información falta en los contratos vigentes, tenerla preparada por escrito y responder en plazo cuando una persona trabajadora la pida.
El Real Decreto 723/2026 entra en vigor el 5 de octubre de 2026 y no se limita a las nuevas contrataciones. Si todavía no conoces qué información exige, te lo explicamos en nuestro artículo sobre las nuevas obligaciones de información laboral. Aquí nos centramos en cómo ponerlo en práctica en una pyme.
Qué exige la norma a los contratos ya firmados
La disposición transitoria del real decreto fija tres reglas para las relaciones laborales vigentes el 5 de octubre.
- A petición de la persona trabajadora, la empresa debe entregarle la información esencial en un máximo de 30 días hábiles desde que recibe la solicitud, salvo que ya obre en su poder.
- La solicitud puede incluir también las modificaciones de condiciones producidas antes del 5 de octubre.
- Cualquier cambio posterior al 5 de octubre se comunica ya con las reglas nuevas, por escrito y como máximo el día en que surta efecto.
A esto se suma el modelo oficial de documento informativo que el SEPE debe publicar en un máximo de 20 días desde la publicación del real decreto en el BOE. La norma aclara que la obligación es exigible aunque ese modelo aún no esté disponible.
Cómo adaptar los contratos de la plantilla actual
Inventaría los contratos vigentes
Haz una relación de todas las personas con contrato en vigor y agrúpalas por colectivo: mismo convenio, mismo tipo de jornada, mismo sistema de retribución. Los contratos de hasta cuatro semanas quedan fuera del bloque de información esencial.
Compara cada modelo con lo que exige la norma
Revisa un contrato tipo por colectivo y marca qué falta. En contratos antiguos suelen faltar el desglose de complementos, la fórmula de los variables, la duración concreta del periodo de prueba, el código del convenio, la mutua y los planes de pensiones, y cualquier referencia a sistemas automatizados de gestión.
Prepara un documento informativo complementario por colectivo
No hace falta modificar el contrato. La norma permite completar la información con uno o varios documentos escritos. Un anexo por colectivo reduce el trabajo a un puñado de documentos, en lugar de uno por persona. Cuando el SEPE publique su modelo, ajusta el tuyo a su estructura.
Decide si lo entregas de oficio
La ley solo obliga a entregarlo si se pide, pero entregarlo a toda la plantilla de una vez tiene ventajas. Evita gestionar solicitudes una a una, elimina el riesgo de incumplir el plazo y deja constancia desde el principio. En plantillas pequeñas suele ser la opción más sencilla.
Define cómo se atienden las solicitudes
Fija un canal único, como un correo o un formulario, y registra la fecha de entrada de cada petición. Controla el vencimiento en días hábiles, no naturales. Designa quién responde y con qué documento.
Revisa los cambios que ya tienes previstos
Revisiones salariales, nuevo calendario laboral, cambios de turno o de centro de trabajo: desde el 5 de octubre, cada modificación que afecte a la información esencial debe comunicarse por escrito antes de que surta efecto. Las revisiones de enero y el calendario de 2027 son los primeros casos que encontrarán muchas pymes.
Guarda prueba de cada entrega
El documento puede entregarse en papel o por vía electrónica, pero la empresa debe poder acreditar la entrega o la recepción. Firma de recibí, acuse del correo o registro en el portal del empleado. Archívalo junto al expediente de cada persona.
Errores frecuentes al adaptar la plantilla actual
- Esperar al modelo del SEPE para empezar. La obligación rige desde el 5 de octubre, con o sin modelo.
- Remitir todo al convenio. La norma solo lo admite para algunos datos, como el salario base, la jornada o las vacaciones, y la referencia debe ser precisa.
- Firmar un contrato nuevo cuando basta un anexo informativo. Rehacer el contrato puede abrir discusiones innecesarias sobre las condiciones pactadas.
- Olvidar los cambios en curso. Una modificación comunicada solo de palabra tras el 5 de octubre ya es un incumplimiento.
Te ayudamos a adaptar tu plantilla
En Torrealday revisamos tus contratos vigentes, preparamos los documentos informativos por colectivo y organizamos el circuito de solicitudes y entregas, coordinado con tu gestión de nóminas. Si tu empresa está en Bizkaia, podemos revisarlo contigo en tu oficina más cercana. Consulta nuestro servicio de Asesoría Laboral.



















