Las ayudas al contrato de relevo 2026 en Euskadi están gestionadas por Lanbide y tienen como objetivo facilitar la incorporación de nuevos trabajadores cuando un empleado accede a la jubilación parcial. La subvención cubre el coste de cotización empresarial a la Seguridad Social y, en determinados casos, también el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Si tu empresa tiene trabajadores próximos a la jubilación parcial, esta ayuda puede suponer un alivio significativo en el coste de la nueva contratación. A continuación te explicamos quién puede solicitarla, qué documentación se necesita y cuál es el plazo para presentar la solicitud.
Qué es el contrato de relevo y a qué ayuda da acceso
El contrato de relevo es la figura laboral que permite a una empresa contratar a un nuevo trabajador para cubrir la jornada que deja libre un empleado que accede a la jubilación parcial. Ambos contratos —el del jubilado parcial y el del relevista— deben coexistir durante el periodo de transición.
La subvención de Lanbide cubre, con carácter general, las cuotas empresariales a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación profesional) generadas por el contrato de relevo. Cuando la actividad profesional del relevado está clasificada en la Segunda o Tercera Tarifa del Impuesto sobre Actividades Económicas, la ayuda puede extenderse también a las retenciones de IRPF.
Quién puede solicitar estas ayudas
Pueden acceder a esta subvención tanto personas físicas (autónomos con trabajadores a cargo) como personas jurídicas (sociedades y otras entidades empleadoras), siempre que cumplan los requisitos generales.
Condiciones de la empresa solicitante
Para ser beneficiaria, la empresa debe:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Disponer de número de identificación fiscal.
- No estar incursa en ninguno de los supuestos de exclusión del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No haber sido sancionada administrativa o penalmente por conductas discriminatorias por razón de sexo, ni por incumplimientos en materia de igualdad de género.
- No encontrarse en procedimiento de reintegro o sanción derivado de otras subvenciones públicas.
- Mantener el nivel de empleo de la plantilla fija en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante los 20 meses posteriores a la formalización del contrato subvencionado. En todo caso, la empresa debe mantener al menos el 65 % de los puestos de trabajo de su plantilla fija.
- Tener comunicado a la RLT su intención de contratar al amparo de esta convocatoria, con indicación del puesto a ocupar y la duración de la relación laboral.
Condiciones del contrato de relevo
El contrato de relevo debe:
- Haber sido concertado al amparo de la convocatoria de ayudas.
- Tener una duración determinada que corresponda a la reducción de jornada del trabajador relevado, o ser de duración indefinida.
- Si es de duración determinada, el compromiso de conversión a indefinido debe estar firmado por la empresa y el trabajador.
Documentación necesaria para solicitar la ayuda
La solicitud debe presentarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica de Lanbide. La documentación que hay que adjuntar incluye:
- DNI o NIE de las personas contratadas como relevistas y, en su caso, del representante legal de la empresa.
- Copia del contrato de relevo y del contrato a tiempo parcial del trabajador relevado. Si el contrato de relevo es de duración determinada, también el compromiso de conversión a indefinido firmado por ambas partes.
- Acreditación de la plantilla fija existente en los centros de trabajo de la empresa en Euskadi, mediante el Informe de Plantilla del SEPE o documento equivalente.
- Copia del acuerdo de empresa que hace referencia al artículo 4.4, si lo hubiera.
- Si el relevado accede a la jubilación parcial con una empresa de trabajo temporal, copias del contrato de puesta a disposición y del contrato de trabajo del trabajador cedido.
Para empresas con representación legal de trabajadores (RLT), habrá de presentarse copia del acuerdo o comunicación previos a la contratación.
Plazo para presentar la solicitud
El plazo de presentación de solicitudes es de tres meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, para contratos concertados con posterioridad a esa fecha.
Para contratos de relevo que ya estuvieran en vigor en el momento de la publicación, el plazo es de tres meses desde la fecha de inicio del contrato.
En todo caso, la fecha límite para presentar solicitudes es el 20 de octubre de 2026.
Cómo presentar la solicitud paso a paso
La tramitación es íntegramente electrónica. Para solicitarla necesitas:
- Disponer de un medio de identificación electrónica válido (certificado digital, BakQ u otro admitido).
- Rellenar los formularios disponibles en la Sede Electrónica de Lanbide, con todos los datos de la empresa, el trabajador relevado y el relevista.
- Acceder a la Sede Electrónica y seguir el proceso en cuatro pasos: preparar la documentación, adjuntarla a la solicitud, firmarla y enviarla.
- Conservar el justificante de presentación.
Una vez enviada, el seguimiento del expediente se realiza a través de Mi carpeta en el portal Euskadi.eus.
Obligaciones posteriores a la concesión
Obtener la subvención implica asumir una serie de compromisos durante el periodo subvencionado:
- Mantener el nivel de empleo de la plantilla fija en Euskadi durante los 20 meses posteriores a la formalización del contrato. Si el contrato de relevo es de duración determinada, convertirlo en indefinido en el plazo comprometido.
- Notificar la extinción de contratos de trabajo declarados judicialmente improcedentes, si los hubiera.
- Conservar la documentación justificativa y ponerla a disposición de Lanbide si se requiere.
- Comunicar si en los últimos ejercicios fiscales se han obtenido otras ayudas sujetas al régimen de mínimis.
- No considerarse empresa en crisis conforme a la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014.
Preguntas frecuentes sobre las ayudas al contrato de relevo 2026
¿Qué cubre exactamente la subvención del contrato de relevo? Cubre las cuotas empresariales a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, FOGASA y formación profesional) del contrato de relevo. En los casos en que la actividad del relevado esté en la Segunda o Tercera Tarifa del IAE, también puede cubrir las retenciones de IRPF.
¿Puede solicitarla un autónomo con trabajadores? Sí. Si eres persona física con trabajadores a cargo y cumples los requisitos generales, puedes solicitar esta ayuda.
¿Qué pasa si no mantengo el empleo durante los 20 meses posteriores? La empresa queda obligada a reintegrar total o parcialmente la subvención percibida, con los correspondientes intereses de demora.
¿El contrato de relevo puede ser a tiempo parcial? El contrato de relevo puede ser a jornada completa o parcial, pero su duración debe corresponderse con la reducción de jornada del trabajador que accede a la jubilación parcial. Si es de duración determinada, debe existir el compromiso de conversión a indefinido.
¿Cuándo es el último día para solicitar la ayuda? El 20 de octubre de 2026, con independencia de cuándo se firmara el contrato de relevo, siempre que este se haya formalizado dentro del periodo subvencionable.



















