A todos nos interesa saber, después de toda una vida trabajando, qué pensión de jubilación nos va a quedar. El cálculo de la pensión es bastante complicado ya que hay que tener en cuenta muchos factores; vida laboral, bases de cotización, edad ordinaria, etc.
Pues bien, la seguridad social ha puesto al servicio de los ciudadanos un servicio para que puedan calcular su pensión de jubilación de un modo bastante aproximado. Sólo es necesario tener un ordenador, un teléfono móvil o una firma digital.
¿Cómo usar el simulador de jubilación de la Seguridad Social?
Se accede la página de la seguridad social en la dirección Seguridad Social: Internet (seg- social.es) y pinchamos en «Sede electrónica» como se indica abajo:

Una vez hecho esto, se nos abre otra pantalla; a continuación tenemos que pinchar en «Ciudadanos».

Se abre un desplegable y pinchamos en «Pensiones».

Se abre una nueva página y veremos una pestaña que indica «Simulador de jubilación».

Ahora tenemos que clicar en «Obtener acceso».

Nos pedirá identificarnos; lo podemos hacer vía SMS o con firma digital. Para vía SMS la seguridad social tiene que tener tu teléfono móvil y si nos queremos identificar con firma digital la tendremos que obtener previamente e instalarla en nuestro ordenador.

Si quieres acceder vía SMS deberás de meter tu DNI, año de nacimiento y número de móvil; te mandarán un mensaje al móvil con una clave que deberás de introducir; la clave llega al momento.

Una vez metida la clave te saldrá una página donde te dirá la edad a la que te puedes jubilar y la pensión que te quedará. En esta página puedes trastear para hacer simulaciones como por ejemplo adelantar la edad de jubilación, etc.

¿Cuántos años tengo que tener cotizados en España para jubilarme?
Ahora que ya sabemos cómo calcular la pensión de jubilación, seguramente te estés preguntando cuántos años necesitas cotizar para poder jubilarte. Todo dependerá del tipo de jubilación o retiro y a si deseas optar a cobrar el máximo de la pensión o no.
Como mínimo, es necesario haber cotizado 15 años – siempre y cuando se acrediten un mínimo de 2 años de cotizaciones en el intervalo de esos 15 años inmediatamente anteriores a causar el derecho-, pero hay que conocer que, de esta forma, sólo se podrá cobrar el 50% de su base reguladora. En el caso de optar a cobrar el 100% de ella, habrá que cotizar, en el caso de una jubilación ordinaria, 38 años como mínimo. La edad legal para poder jubilarse es a los 66 años y seis meses, pero si un trabajador ha cotizado ya esos 38 años, podrá optar a jubilarse cumplidos los 65. Aunque, dependiendo de la situación del trabajador, podrá jubilarse antes de tiempo, lo que conforma una jubilación anticipada de la que hablaremos a continuación.
En Torrealday, somos conscientes de que la jubilación es un asunto que generalmente suscita inquietudes y suele requerir orientación y asesoramiento, por lo que contamos con un servicio de asesoría laboral formado por un equipo de expertos encantados de orientarte y aclarar cualquier duda o problema que desees resolver.